Protocolo para navegar el Segura a su paso por Cieza

   Imagen de Cieza.es

El Consistorio y la Confederación Hidrográfica del Segura llegan a un acuerdo para establecer las medidas que regulen la navegación por el Río Segura en el término municipal de Cieza

Crónicas de Siyâsa/Cieza.es
 El Ayuntamiento de Cieza ha consensuado con la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) los requisitos indispensables para que las empresas turísticas puedan realizar descensos náuticos principalmente en verano. El protocolo reduce el número de puntos de partida de los 9 actuales a 5, que se encuentran ubicados en las playas fluviales de El Horno, La Presa, Puente de Hierro, La Era y El Argaz. Todos estos parajes se localizan en el tramo navegable SE-7 de la Cuenca del Segura, y ya ha sido notificados y certificados a todas y cada una de las empresas a las que se les ha otorgado el permiso.

El concejal de Turismo y Medioambiente del Ayuntamiento de Cieza, Antonio Alberto Moya, ha presentado el nuevo reglamento, aclarando que solo permitirá la navegación entre las nueve de la mañana y las seis de la tarde y siempre que haya luz natural. Durante los meses de junio, julio y agosto se ampliará hasta las ocho de la tarde, y nunca se autorizarán descensos nocturnos. Además, y según el edil, no se permitirá que los menores de 6 años participen en la actividad, y a partir de esa edad y hasta los 10 años, tendrán que ir en todo momento bajo la supervisión de un tutor, siendo requisito indispensable saber nadar.

Por otro lado, la empresa concesionaria asumirá la responsabilidad y los riesgos que puedan derivarse de la práctica de navegación, tanto por accidentes como por los daños y perjuicios que con motivo de estos descensos puedan ocasionarse a personas o bienes de dominio público o particular. A estos efectos, la empresa solicitante deberá disponer de las correspondientes pólizas de seguro de responsabilidad civil y de accidentes, conforme a la normativa aplicable, que den cobertura a posibles daños a terceros, a la ejecución de las actividades autorizadas y a los participantes, organizadores y demás personal necesario para su celebración.

Por este motivo, todos los participantes deberán estar asegurados para las actividades concretas que se realicen, y la autorización sólo tendrá efecto mientras tengan vigencia las pólizas de seguro de responsabilidad civil y de accidentes que dan cobertura a la actividad autorizada.

Igualmente, Moya advirtió que la navegación se suspenderá en caso de producirse aviso meteorológico de la Agencia Estatal de Meteorología por riesgo meteorológico importante o extremo por lluvias en algún término municipal de la cuenca del Segura situado aguas arriba.

Además, toda embarcación tipo ‘raft’ deberá contar con una matrícula fijada en la embarcación que contenga al menos marcado CE, número máximo de personas para los que está destinada y número de identificación.

Será también condición imprescindible la presencia de un monitor o guía en cada una de las barcas con la formación mínima exigida para tal actividad por la Federación Española de Piragüismo o por la Federación de Piragüismo de la Región de Murcia, teniendo que portar vaga de anclaje, silbato de agua, navaja de agua, botiquín de primeros auxilios, bolsa de rescate, 2 poleas y un equipo de comunicaciones. Previo al inicio del descenso, el operador dará una charla técnica y de seguridad a los clientes en la que se trate las características del servicio y condiciones de la actividad.

 

 

 

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